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Preguntas y respuestas

Ya sea que compres tu primera vivienda, una segunda residencia o que vendas un inmueble heredado, nos encargamos de todo el proceso:

Compra de Vivienda

Los principales gastos son:

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): 10% del precio de compra (si la vivienda es de segunda mano) o valor de referencia catastral.
  • IVA (10%) + Actos Jurídicos Documentados (AJD) (1,5%) si la vivienda es nueva.
  • Gastos de Notaría, Gestoría y Registro: Entre 1.200,00€ a 2.000,00€
  • Hipoteca (si aplica): Tasación del inmueble: 300,00€ a 500,00€.
  • Comisión de apertura: (depende del banco, algunos la eliminan)
  • Honorarios de la Inmobiliaria: El 3% del precio de venta (+IVA)..
  • Vivienda nueva: se paga IVA (10%) en lugar de ITP, y también AJD (1,5%).
  • Vivienda de segunda mano: se paga ITP (10%) o valor de referencia catastral, pero generalmente el precio es más bajo y puede no requerir reforma.
  • DNI o NIE.
  • Contrato de arras (si aplica).
  • Justificante de pago y escritura de compraventa.
  • Registro de la Propiedad actualizado.

Sí, pero necesitarás un NIE (Número de Identificación de Extranjero) y abrir una cuenta bancaria en España para pagos e impuestos.

Es un preacuerdo en el que el comprador entrega un 10% del precio. Si no se finaliza la compra por parte del comprador, pierde la cantidad entregada; si es el vendedor quien se echa atrás, debe devolver el doble.

  • Tasación de la vivienda: 300,00€ – 600,00€.
  • Comisión de apertura (si la aplica el banco).
  • Seguro de hogar y de vida (obligatorio para la hipoteca).

Si es al contado máximo 1 mes. Si hay hipoteca, puede tardar 2-3 meses.

  • Para familias: Mestalla, Eixample y Cortes Valencianas.
  • Para inversión: Malvarrosa, Cabanyal, zona universitaria, Benimaclet.
  • Para lujo: Ensanche, Ciudad de las Artes y las Ciencias y Cortes Valencianas.

La realiza un tasador homologado y depende de la ubicación, estado del inmueble, metros cuadrados y demanda del mercado.

Se deben cancelar el mismo día de la compra y venta en notaría ante notario. Si no se cancelan en este instante, el nuevo propietario asume la deuda.

El notario solicitará en la firma al registro una nota sim ple actualizada para verificar, deudas, embargos o gravámenes.

Venta de Vivienda

  • Plusvalía Municipal (real o objetiva): Se calcula según el tiempo que has sido propietario y el valor catastral del suelo. Se paga al Ayuntamiento de Valencia.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Si obtienes ganancia patrimonial, tributarás entre un 19% y 26% sobre la plusvalía. ¡Si reinviertes en vivienda habitual, estas exento!
  • Gastos de Notaría: Entre 700,00€ y 1.000,00€
  • Honorarios de la Inmobiliaria: El 1% del precio de venta (+IVA) con un mínimo de 3.000,00€

Es un impuesto que grava el incremento del valor del suelo durante el tiempo que ha sido propietario. Se paga al Ayuntamiento y varía según la ubicación y años de tenencia.

Se calcula sobre la diferencia entre el precio de compra y el de venta, con impuestos entre el 19% y el 26% según el tramo en el que se encuentre dicha plusvalía. Puede haber exenciones si reinviertes en vivienda habitual.

Depende de la zona y el precio, pero de media entre 3 y 6 meses.

Siempre que vendas o alquiles una vivienda. Se obtiene mediante un técnico homologado y cuesta entre 80,00€ y 200,00€.

Se deben cancelar el mismo día de la compra y venta en notaría ante notario. Si no se cancelan en este instante, el nuevo propietario asume la deuda.

El notario solicitará en la firma al registro una nota sim ple actualizada para verificar, deudas, embargos o gravámenes.

No, pero facilita la venta y la seguridad en la transacción y sin equivocaciones a la hora de realizar la compraventa. Es un proceso largo y tedioso con muchos detalles y lo mejor es dejarlo en manos de un experto donde te pueda asesorar.

Mayor visibilidad, asesoramiento legal, filtrado de compradores y gestión de trámites.

No, es obligatorio tenerlo antes de formalizar la venta.

Depende de la ganancia obtenida y tributa entre el 19% y el 26% en el IRPF.

Alquiler de Vivienda

La Ley exige 1 mes de fianza, pero se pueden pedir garantías adicionales.

El alquiler de larga duración es de mínimo 1 año con prórrogas hasta 5 años. El temporal es para uso específico (trabajo, estudios) y dura menos de 1 año

Por ley, el propietario, salvo que el contrato indique lo contrario.

El inquilino debe pagar la renta y cuidar la vivienda. El propietario debe realizar reparaciones importantes.

Está vinculado al IPC y regulado por el Gobierno en zonas tensionadas.

Se pueden descontar de la fianza, pero deben justificarse con facturas o presupuestos.

Máximo 1 mes tras la entrega de llaves.

Sí, si han pasado los 5 años obligatorios o si necesita la vivienda para uso propio.

El inquilino puede hacerlo avisando con 30 días de antelación tras 6 meses de contrato.

Otros Trámites y Asuntos Legales

Depende del parentesco y valor del inmueble. En la Comunidad Valenciana hay bonificaciones para herederos directos. Hasta los 100.000,00€ están exentas las donaciones de padres a hijos o entre cónyuges.

Para mayor información, contamos con la asesoría directa de la notaria José Manuel Fuertes Vidal, notario certificado en Valencia. Calle Doctor JJ Domine 10, 46011, Valencia.

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